Auto Supremo AS/0147/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

2) Asimismo, denuncian violación al debido proceso, al contradictorio, derecho a la petición, a ser


2) Asimismo, denuncian violación al debido proceso, al contradictorio, derecho a la petición, a ser oídos y tener una resolución justa, previstos en los arts. 109, 116, 119 y 24 de la Constitución Política del Estado (CPE), expresando que el Tribunal de alzada realizó una deficiente e ilegal relación del proceso, como del recurso de apelación restringida; por cuanto, en su criterio aparecen como si fueran acusadores particulares y que se hubiese acreditado los delitos denunciados, cuando fueron declarados absueltos, constituyendo esta expresión una falacia y un fraude que viola derechos y una incongruencia, ingresando así en nulidades de Sentencia previstos en el art. 370 inc. 2) del CPP, referido a que el imputado no esté debidamente identificado; inc. 3) por errónea y arbitraria enunciación del hecho objeto del juicio; inc. 4) no se consideró los fundamentos de la respuesta a la apelación restringida, tampoco la fundamentación oral y contrariamente sólo se tomó en cuenta la fundamentación de la apelante, pese a que pidieron que se declare inadmisible la apelación restringida por incumplimiento de los arts. 407 y 408 del CPP