Auto Supremo AS/0155/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

1) En cuanto al Auto de Vista recurrido refieren que este adolece de vicios formales


1) En cuanto al Auto de Vista recurrido refieren que este adolece de vicios formales y sustanciales, establecidos por ley, afirmando que: a) Simplemente se reiteró y afirmó que el Juez A quo procedió de forma correcta y conforme a derecho, cuando -a decir de los recurrentes- la Sentencia fue parcializada por dar crédito a simples declaraciones testificales, y que el Tribunal de alzada al momento de resolver este aspecto no preciso, cuales son las pruebas que acreditarían su participación y correspondiente culpabilidad; b) La violación a su derecho a la defensa material por parte del Tribunal de Sentencia, al no haberse valorado sus declaraciones que acreditaban que en ningún momento tuvieron poder de decisión en las actividades de la empresa Carbonera los Quemado Itatique, aspecto que no fue subsanado por el Tribunal de alzada; c) La violación a su derecho a la defensa técnica, ya que en ningún punto de la Sentencia se refirió a los argumentos de su defensa y la falta de prueba que acredite su responsabilidad penal en el ilícito de Estafa, aspecto que no fue corregido por el Tribunal de alzada, violándose; además, el debido proceso y seguridad jurídica; puesto que, correspondía se dé curso a su denuncia primero por falta de valoración y segundo por defectuosa valoración de la prueba prevista en el inc. 6) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, d) La Sentencia incurrió a lo previsto en el inc. 3) del art. 169 CPP, y que no fue observada por el Tribunal de alzada, reiterando los recurrentes que no se efectuó una correcta valoración de la prueba testifical y que en todo caso esta fue completamente parcializada y carente de fundamentación, sobre los errores in procedendo, invoca como precedente contradictorio el Auto de Vista 114 de 22 de abril de 2008 pronunciado por la Sala Penal del Distrito de Chuquisaca