Auto Supremo AS/0155/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

Sobre el tercer movido, en el que denuncia la errónea aplicación de la Ley sustantiva,


Sobre el tercer movido, en el que denuncia la errónea aplicación de la Ley sustantiva, refiriendo que el Juez de instancia les condenó por el delito de Estafa, sin que previamente se haya subsumido su conducta al tipo penal acusado, pues se emitió condena faltando elementos del tipo penal que debieron necesariamente concurrir; por lo que, el Tribunal de alzada debió haber revocado la Sentencia apelada y dictar una nueva absolviéndoles de culpa y pena, al respecto invoca como precedente contradictorio la Resolución emitida por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Chuquisaca el 21 de abril de 2008. Conforme lo ya señalado en el primer motivo, el recurso carece de precisión en la formulación de sus denuncias ya que en este caso solo se limita a reclamar la falta de “un elemento constitutivo” del delito condenado pero no señala cual sería este, menos precisa cual el argumento contradictorio del Tribunal de alzada respecto de la problemática planteada, incumpliéndose así la previsión del art. 417 del CPP; asimismo, sobre la invocación del Auto de Vista invocado como precedente al no tenerse certeza de su ejecutoría este no puede constituirse en un precedente valido que permita ingresar al fondo de la problemática planteada, deviniendo en inadmisible el motivo denunciado