Auto Supremo AS/0155/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 155/2015-RA-L
Sucre, 10 de abril de 2015

Expediente: Santa Cruz 32/2010
Parte Acusadora: Renato López Vargas y otra
Parte Imputada: Miguel Ángel Cassal Inza y otra
Delitos: Estafa y otros

RESULTANDO

Por memoriales presentados el 13 de noviembre de 2009 y 8 de enero de 2010 cursantes de fs. 336 a 339 vta. y 359 a 367 vta., los acusadores particulares Renato López Vargas y Erminia Flores Torrez; y, los imputados Patricia Blanco Rojas y Miguel Ángel Cassal Inza, respectivamente interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 127 de 03 de noviembre de 2009 de fs. 326 a 328, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal instaurado, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Organización de Sociedades o Asociaciones Ficticias, previstos y sancionados por los arts. 335 y 229 del Código Penal (CP) respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 09/2009 de 15 de agosto (fs. 264 a 291 vta.), dictado por el Juez Octavo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró a Patricia Blanco Rojas y Miguel Ángel Cassal Inza, absueltos de la comisión del delito de Organización de Sociedades o Asociaciones Ficticias, previsto y sancionado por el art. 229 del CP. Respecto al delito de Estafa previsto en el art. 335 del CP, se los declaró a ambos imputados autores de la comisión de dicho ilícito, imponiéndoles la pena de dos años y seis meses de reclusión en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”