Auto Supremo AS/0170/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

2) Agregan que el Auto de Vista impugnado, revaloriza la prueba y obliga en caso


2) Agregan que el Auto de Vista impugnado, revaloriza la prueba y obliga en caso de reenvío a una valoración específica y concreta; dado que, en su texto alude que: “…lo que queda del primer motivo es la insuficiente fundamentación del fallo respecto al valor otorgado a los medios de prueba, la naturaleza de los documentos incriminatorios y muy especialmente lo relativo a las notificaciones…” (sic); luego al referirse a la prueba testifical y pericial consideradas en la Sentencia, establece lo siguiente: “…respecto a los testigos y perito, indican que nada valioso aportaron; sin embargo señala el Tribunal que, sobre todo el perito se hubiera limitado a igualar las resoluciones y establecer cuál de esa podía ser falsa, llegan al convencimiento de que las pericias no tienen ningún efecto en el hecho acusado. Estas conclusiones confunden, ya que no se sabe si fue una sola pericia o más de una, y si no tiene ningún efecto, no manifiesta de qué manera o sobre qué aspecto no tienen eficacia, habida cuenta de dos tipos penales acusados…” (sic)