1) Argumenta que el Tribunal de Apelación, de manera injustificada, rechazó la prueba ofrecida en
1) Argumenta que el Tribunal de Apelación, de manera injustificada, rechazó la prueba ofrecida en su recurso de apelación señalando el incumplimiento del art. 404 del CPP, aplicable por mandato del art. 410, sin considerar que en sus otrosíes 3 y 4 no sólo ofrecieron y adjuntaron la prueba; sino, que indicó de manera clara y expresa los hechos que pretendía probar, a cuyo efecto transcribe parte de los citados otrosíes, con lo cual demostraría que cumplió las reglas del art. 404 del CPP; asimismo, manifiesta que, en caso de que la prueba sea impertinente esta debió considerarse en la audiencia pública. Invoca como precedente el Auto Supremo 350 de 28 de agosto de 2006 SPII y transcribe la doctrina legal del mismo, señalando que si el Tribunal decidía prescindir de la prueba adjuntada a su recurso, debería hacerlo en la audiencia de fundamentación, restringiendo su derecho a ser oído y a una defensa amplia
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- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
