Auto Supremo AS/0197/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2015

Fecha: 07-Abr-2015

Del examen de la Sentencia de fs

En el caso concreto, el recurrente acusa que el Auto de Vista no valoró correctamente la prueba testifical de cargo de Haroldo Rene Peinado Padilla de fs. 95 vta., manifestando que el testimonio de un ex trabajador, no podría determinar cómo verdadero el despido indirecto y el supuesto descuento al salario de los ex trabajadores, lo que vicia de nulidad toda pretensión.
Del examen de la Sentencia de fs. 103 a 108, como del Auto de Vista de fs. 129 a 133, se evidencia que el A quo realizó una valoración conjunta de toda la prueba aportada por ambas partes, otorgándoles a cada una de ellas, conforme se tiene en su lectura, la eficacia que la ley le asigna, y en su caso, como fue la testifical de cargo, fueron evaluados bajo las reglas de la sana crítica, por lo cual no pueden ser tomadas las declaraciones del testigo mencionado, como una prueba contundente que se imponga al resto sino como parte de un conjunto, susceptible a ser restada en su eficacia frente a otros medios probatorios que otorguen mayor convicción