La resolución de segunda instancia, motivó que Emanuel Roca Vaca en representación legal de la
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
La resolución de segunda instancia, motivó que Emanuel Roca Vaca en representación legal de la Empresa TIENDA AMIGA ER S.A., mediante memorial de fs. 136 a 138 vta., interpongan recurso de casación en el fondo bajo los siguientes argumentos:
a) Falta de fundamentación jurídica congruente
Denunció que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia en todas sus partes evidencia la falta de valoración y fundamentación jurídica, solo se limita a intentar resolver en forma general todos y cada uno de los conceptos apelados sin realizar una valoración y señalar la prueba que determina ello, no se tomó en cuenta la petición de los aspectos de fondo de la apelación debiendo haber resuelto de manera fundamentada y motivada cada punto, la misma carece de fundamentación necesaria para su valides y aplicación de criterio de justicia, lo más evidente es que se alude el art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT), se limita a resolver las peticiones en forma indebida dejando de lado la prueba de descargo presentada por la empresa demandada
La resolución de segunda instancia, motivó que Emanuel Roca Vaca en representación legal de la Empresa TIENDA AMIGA ER S.A., mediante memorial de fs. 136 a 138 vta., interpongan recurso de casación en el fondo bajo los siguientes argumentos:
a) Falta de fundamentación jurídica congruente
Denunció que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia en todas sus partes evidencia la falta de valoración y fundamentación jurídica, solo se limita a intentar resolver en forma general todos y cada uno de los conceptos apelados sin realizar una valoración y señalar la prueba que determina ello, no se tomó en cuenta la petición de los aspectos de fondo de la apelación debiendo haber resuelto de manera fundamentada y motivada cada punto, la misma carece de fundamentación necesaria para su valides y aplicación de criterio de justicia, lo más evidente es que se alude el art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT), se limita a resolver las peticiones en forma indebida dejando de lado la prueba de descargo presentada por la empresa demandada
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación deducida por Emanuel Roca Vaca en representación legal de la
- La resolución de segunda instancia, motivó que Emanuel Roca Vaca en representación legal de la
- Concluyó, manifestando que el Tribunal Supremo de Justicia compulsando y constatando los puntos recurridos, dicte
- Entramos a considerar el recurso que conforme a sus fundamentos, el primer punto se circunscribe
- En el presente caso, el Auto de Vista Nº 195 de 24 de junio de
- Por lo que se concluye que no existe perjuicio alguno, siendo necesario en el caso
- b) En relación a la prueba testifical observada por el recurrente, aparejando un contexto normativo
- Conforme a la facultad conferida por los art
- Del examen de la Sentencia de fs
- Ahora bien, el A quo para llegar a la conclusión decisiva en Sentencia, se valió
- A todo ello, el recurrente pretende que en casación se ingrese a la censura de
- Por lo esbozado, es evidente que el Auto de Vista, no le restó o adicionó
- Por los fundamentos expuestos se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas por el recurrente,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
