Auto Supremo AS/0197/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2015

Fecha: 07-Abr-2015

Por lo que se concluye que no existe perjuicio alguno, siendo necesario en el caso

Por lo que se concluye que no existe perjuicio alguno, siendo necesario en el caso que se analiza conservar el acto (Auto de Vista recurrido en casación), en razón a que dicho actuado si se pronunció respecto a los puntos señalados en apelación, al margen de ello, tampoco se cumplió con los presupuestos relativos al principio de especificidad antes desarrollados