Auto Supremo AS/0205/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2015

Fecha: 27-Abr-2015

CONSIDERANDO I:

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L

Auto Supremo: 205/2015
Sucre: 27 de marzo 2015
Expediente: O-6-15-A
Partes: Banco Minero de Bolivia ahora bajo la tuición del Servicio Nacional de
Patrimonio del Estado SENAPE c/ Ciro Fernández Ramos
Representado por Juan Remy Arandia Guzmán.
Proceso: Coactivo
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 110 a 111 y vta., de obrados interpuesto por Armando Padilla Acarapi en representación del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado SENAPE, impugnando el Auto de Vista 265 de fecha 26 de diciembre de 2014, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso de Coactivo seguido a instancia de Banco Minero de Bolivia y Servicio Nacional de Patrimonio del Estado SENAPE contra Ciro Fernández Ramos representado por Juan Remy Arandia Guzmán, la respuesta del recurso de fs. 115 a 116, la concesión de fs. 117, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Banco Minero de Bolivia, ahora bajo la tuición del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado SENAPE inició demanda coactiva contra Ciro Fernández Ramos representante de la sucesión de Luis Fernández García, persiguiendo el cobro de $us. 11.123.02.oo, solicitando que se pronuncie el correspondiente Auto de solvendo. Citado el demandado interpuso incidente de nulidad de notificación el mismo que es declarado no ha lugar y confirmada por el Tribunal de Alzada, disponiendo nueva citación en el domicilio constituido en el título coactivo