Auto Supremo AS/0205/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2015

Fecha: 27-Abr-2015

Dada la naturaleza de los procesos coactivos los mismos tienen un trámite especial, y conforme

Dada la naturaleza de los procesos coactivos los mismos tienen un trámite especial, y conforme lo dispone el art. 50 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia familiar en el Parágrafo III, se equiparán a un proceso ejecutivo, quedando restringida por ley, la impugnación vía recurso de casación, quedando a salvo para cualquiera de las partes el derecho a promover demanda ordinaria en la forma prevista por el art. 490 del Código de Procedimiento Civil