Auto Supremo AS/0224/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2015

Fecha: 09-Abr-2015

Luego de exponer antecedentes de la demanda en el punto 2 refiere formular recurso de

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En la forma
Luego de exponer antecedentes de la demanda en el punto 2 refiere formular recurso de casación en la forma, para lo que señala:
Por mandato del art. 236 del Código de Procedimiento Civil debiera estar circunscrito el fallo de segunda instancia a los puntos resueltos por el inferior y que hubiesen sido objeto de apelación y que en el caso habría vulneración de la norma aludida. En el recurso fueron expresados una larga serie de agravios que estarían comprobados con la simple lectura de la Sentencia recurrida y el Tribunal no habría siquiera manifestado los motivos por los que rechazaría la consideración de cada uno de los mismos, y tampoco se habría efectuado una valoración de todos los elementos del recurso de apelación. Cita y transcribe parte de una Sentencia Constitucional para finalmente referir que conforme a lo expresado en el art. 254-4) del Código de Procedimiento Civil el Auto de Vista no se habría pronunciado sobre la expresión de agravios del memorial de apelación por lo que debiera el Tribunal Supremo “REVOCAR” completamente el Auto de Vista