Auto Supremo AS/0240/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2015

Fecha: 14-Abr-2015

Por otro lado, indica que no se tomó en cuenta que durante el procese se

En el fondo, denuncia la infracción del art. 138, 105 II, 1286, 1538 del Código Civil, art. 56 de la Constitución Política del Estado al haber atentado a su derecho de propiedad por aplicación indebida del art. 138 del Código Civil cuando ya fue expulsado del sistema del Código Civil por mandato de la Sentencia Constitucional No. 024/2004, norma que desde la gestión 2009 fue expulsada del ordenamiento jurídico, así también consta en la Sentencia Constitucional Plurinacional No. 2139/2012.
Por otro lado, indica que no se tomó en cuenta que durante el procese se ha demostrado el derecho propietario de la recurrente adquirido vía contrato, denunciando error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba consistente en documentos, testimonio y matrículas de propiedad, documentos auténticos que demuestran la equivocación manifiesta de los vocales suscriptores del Auto de Vista y desvirtúan la simulada aseveración de posesión por más de diez años de los demandantes, documentación que cuenta con la fuerza probatoria reconocida por los art. 1289, 1296, 1297, 1309 y 1538 del Código Civil y arts. 398, 399 y 400 del Código de Procedimiento Civil consistentes en títulos de propiedad inscritos en Derechos Reales que acreditan que la recurrente es legítima propietaria