POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
En consecuencia éste Tribunal Supremo de Justicia, por el razonamiento vertido, emite Resolución en la forma determinada por los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 326 a 331, interpuesto por Rosa América Illanes Fernández de Angulo; al igual que el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 333 a 338, presentado por Francisca Fernández Vda. De Illanes, ambos recursos en contra del Auto de Vista Nº 127/2014 de fecha 08 de diciembre de 2014, cursante de fs. 320 a 323, emitido por la Sala Civil Comercial de Familia Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija. Con costas
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 326 a 331, interpuesto por Rosa América Illanes Fernández de Angulo; al igual que el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 333 a 338, presentado por Francisca Fernández Vda. De Illanes, ambos recursos en contra del Auto de Vista Nº 127/2014 de fecha 08 de diciembre de 2014, cursante de fs. 320 a 323, emitido por la Sala Civil Comercial de Familia Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija. Con costas
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Tarija
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la Resolución de primera instancia, se presentó tres recursos de apelación, en cuyo mérito
- Contra la Resolución de segunda instancia, interpuso recurso de casación la parte demandada Rosa América
- Recurso de casación en la forma y en el fondo de Rosa América Illanes Fernández
- Por otro lado, indica que no se tomó en cuenta que durante el procese se
- Recurso de Casación en la forma y en el fondo de Francisca Fernández Vda
- Lo mismo ocurre con el recurso de casación en el fondo, donde vuelve a reiterar
- Ambos recurso terminan peticionando que se Case el Auto de Vista y deliberando ene l
- Estando interpuestos los recursos de casación en la forma como en el fondo, bajo los
- En ese entendido, se tiene que la parte recurrente (Rosa América Illanes Fernández), expuso como
- De lo expuesto, queda claro que el Tribunal Ad quem con amplio análisis, fundamentación y
- Finalmente, si los recurrentes consideraban a la Resolución de Segunda Instancia haber omitido pronunciarse sobre
- En el fondo
- Por otro lado respecto a la valoración de la prueba, resulta loable destacar que es
- En este examen de lo esencial y decisivo de la prueba, cabe la posibilidad de
- En el caso de análisis, ambos recursos de casación transitan sobre la denuncia de error
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs.- 1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
