Corresponde también señalar que la jurisdicción contenciosa, identificada como una jurisdicción especializada, no es un
Corresponde también señalar que la jurisdicción contenciosa, identificada como una jurisdicción especializada, no es un tema nuevo en nuestra legislación, para ello nos permitimos señalar que en la Constitución Política del Estado de 1967 en el art. 127 num. 8, ya se señalaba –entre las atribuciones de la Corte Suprema, la de conocer las causas contenciosas que resultaren de los contratos, negociaciones y concesiones del Poder Ejecutivo, y de las demandas contencioso administrativas a que dieren lugar las resoluciones del mismo, dicho texto fue mantenido en la reforma de la Constitución de 1994 en cuyo art. 118 num. 7 se llegó a mantener el referido texto; también el texto fue introducido en el art. 55 num. 10 de la Ley Nº 1455 de 18 de febrero de 1993. También el Código de Procedimiento Civil, vigente desde el 2 de abril de 1976, describe en sus arts. 775 y 778 la vía para el conocimiento de las causas contenciosas emergentes de contratos, negociaciones o concesiones del Poder ejecutivo y las causas contenciosas-administrativas, serán presentadas ante la Corte Suprema de Justicia, esto quiere decir que el conocimiento y resolución de las causas contenciosas emergentes de los contratos de la Administración Pública (entendida así de acuerdo a su interpretación extensiva) resulta ser competencia del Tribunal Supremo de Justicia (antes Corte Suprema de Justicia)
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Concedido el indicado recurso y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil
- Ante la determinación adoptada por el Ad quem, la entidad demandada interpuso recurso de casación
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Indica además que el fallo vulnera lo dispuesto por el art
- Menciona también que existe una interpretación errónea de la ley, por cuanto el Auto de
- En lo que corresponde al error de derecho en la apreciación de las pruebas hace
- En cuanto se refiere a la violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la
- Finalmente plantea recurso de casación en el fondo, pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- Para el autor Miguel Ángel Bercaitz, citado por Juan Carlos Cassagne, en la obra "Contratos
- “La teoría del contrato administrativo ha surgido como una necesidad impuesta por la realidad
- Entre el contrato de naturaleza privada y el de naturaleza administrativa existen puntos comunes, pero
- Rafael Bielsa en su obra “Principios de Derecho Administrativo”, señala: “Es contrato administrativo el que
- En ese mismo sentido, para el autor Mariano Gómez González, contratos administrativos son: "todos aquellos
- De lo expuesto diremos que estamos frente a un contrato administrativo cuando: a) al menos
- En nuestra legislación el art
- La diferencia entre el contrato administrativo y el privado, es de trascendental importancia a la
- El Órgano jurisdiccional competente para el conocimiento de estos litigios, emergentes de contratos administrativos no
- Corresponde también señalar que la jurisdicción contenciosa, identificada como una jurisdicción especializada, no es un
- Posteriormente la nueva y actual Constitución Política del Estado Plurinacional, tan solo refirió en el
- Posteriormente, se dicta la Ley N° 620 de 29 de diciembre de 2014, cuyo objeto
- En base a los antecedentes expuestos el sub lite, se advierte que el Juez civil
- Correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por el art
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
