Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0087/2015-L
Fecha: 05-May-2015
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Auto Supremo Nº 87/2015-L
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Sucre, 5 de mayo de 2015
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Expediente: LP.171/2010
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Distrito: La Paz
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CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez de Partido Cuarto de Partido Administrativo, Coactivo
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Que en grado de apelación de fs
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Contra la resolución de segunda instancia, la Empresa Artes Electrónicos S
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2º De otro lado argumento que, el auto de vista vulnera lo dispuesto en el
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Con estos argumentos concluye, solicitando que el Tribunal Supremo case totalmente el auto de vista
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CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, se pasa a considerar el mismo, de donde
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Del análisis de los antecedentes del proceso, se puede verificar que, con la Resolución Determinativa
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De lo que se desprende que, no existe fundamento convincente para que la nulidad opere,
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Ahora bien, el fundamento en base al cual, entre otros, se dispone la nulidad, no
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De lo expuesto se tiene que, resulta totalmente válida la notificación de referencia, por cuanto
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Lo sostenido precedentemente, también se corrobora con el hecho de que, al recurrente se le
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Con relación a la denuncia de que, el auto de vista sin respaldo en hechos
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Al respecto, se evidencia en obrados que, mediante Vista de Cargo Cite: GDGLP-DF-VC-0134/2008 de fecha
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Por otro lado, se deja establecido que el art
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En consecuencia, por los fundamentos expuestos corresponde resolver el recurso conforme a la previsión de
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
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