Auto Supremo AS/0147/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2015

Fecha: 12-May-2015

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo siguiente:
La institución recurrente cuestiona el fallo del tribunal de alzada por haber realizado una incorrecta interpretación del art. 19 de LGT, por haber compulsado incorrectamente los montos en base a los cuales se efectuó la liquidación de los beneficios sociales; acusando además de interpretación errónea y aplicación indebida de los arts. 12 y 13 de la LGT, pues confunde los efectos de un contrato a plazo fijo, con el del caso presente, con uno de tiempo indefinido