Auto Supremo AS/0215/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el


III.1.2. La jurisprudencia sobre el principio de continuidad y los cambios doctrinales sobre la materia

Previamente debe recordarse que, la jurisprudencia no tiene un carácter netamente estático, sino más bien dinámico; más aún, si nos encontramos en un sistema jurídico distinto a partir de la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado cuya voluntad del constituyente y la ingeniería constitucional es diferente a la anterior; razón por la cual, existe la necesidad en ciertos momentos y circunstancias que la referida jurisprudencia tienda a modular y cambiar como veremos a continuación:

Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el principio de continuidad en el juicio oral, entre otras resoluciones señalo: “Dicho principio persigue que el juicio se desarrolle en un lapso cerrado mediante un proceso consecutivo para la exposición de la acusación, las pruebas, las alegaciones o informes de las partes y, de inmediato se dicte la sentencia. Con ello se busca hacer efectivo que el proceso se desenvuelva sin dilaciones indebidas