Auto Supremo AS/0302/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2015

Fecha: 05-May-2015

Partiremos diciendo que el matrimonio, por determinación del artículo 63 de la Constitución Política del

Partiremos diciendo que el matrimonio, por determinación del artículo 63 de la Constitución Política del Estado, se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges. Respecto a los deberes personales que recíprocamente se deben los cónyuges, el artículo 97 del Código de Familia, los conceptúa como: deber de fidelidad, de asistencia, auxilio mutuo y convivencia. Doctrinalmente se dice que los deberes personales son los de fidelidad, asistencia, respecto y cohabitación