Auto Supremo AS/0311/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

a) En mérito a la acusación pública (fs


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1 Antecedentes

a) En mérito a la acusación pública (fs. 25 a 27) y particular (fs. 82 a 83), habiéndose repuesto el juicio oral ante la nulidad de una primera Sentencia, el Tribunal Primero de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por Sentencia 10/2013 de 23 de agosto (fs. 438 a 449), declaró a los imputados: Ronald Solano Alvis, autor del delito de “homicidio en el grado de tentativa y homicidio” (sic), imponiendo la pena de diez años de reclusión; Miguel Ángel Cárdenas Algarañaz, autor del delito de Homicidio, fijando la misma sanción; y, Víctor Hugo Espíndola Ramos, autor del delito de Homicidio en grado de complicidad, estableciendo una pena de cinco años de reclusión; además, del pago de cien días multa a razón de un boliviano por día, más costas