Auto Supremo AS/0311/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Con respecto al tema que precede, se ha pronunciado el Auto Supremo Nº 102 Sucre


Con respecto al tema que precede, se ha pronunciado el Auto Supremo Nº 102 Sucre 1 de abril de 2005 que establece: ‘El Tribunal de Apelación ha dictado un Auto de Vista restringiendo el derecho de la recurrente de subsanar las omisiones o corregir los defectos de su recurso de apelación restringida, dejando de aplicar el artículo 398 de la Ley Nº 1970. Esta inactividad jurisdiccional se ha convertido en defecto absoluto que atenta el derecho que le asiste a la recurrente en virtud del artículo 399 del Código de Procedimiento Penal y vulnera el debido proceso, debiendo en consecuencia la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz aplicar la presente doctrina’"