Auto Supremo AS/0321/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2015

Fecha: 13-May-2015

En mérito de estos antecedentes; para resolver estos recursos, por el principio de congruencia, es

CONSIDERANDO II:
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En mérito de estos antecedentes; para resolver estos recursos, por el principio de congruencia, es preciso responder en el mismo orden los puntos expresados por los recurrentes en el acápite I.2 de la presente resolución; por lo que, de la compulsa de antecedentes del proceso, la respuesta del mismo y las normas aplicables, corresponde resolverlo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Administración Tributaria
1.- El recurrente alega la violación y errónea interpretación de la normativa legal aplicable, que en el Auto de Vista se excluye la calificación de la conducta del contribuyente aplicando incorrectamente los arts. 98, 99 y 100 del Código Tributario (CT) Ley Nº 1340