En mérito de estos antecedentes; para resolver estos recursos, por el principio de congruencia, es
CONSIDERANDO II:
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En mérito de estos antecedentes; para resolver estos recursos, por el principio de congruencia, es preciso responder en el mismo orden los puntos expresados por los recurrentes en el acápite I.2 de la presente resolución; por lo que, de la compulsa de antecedentes del proceso, la respuesta del mismo y las normas aplicables, corresponde resolverlo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Administración Tributaria
1.- El recurrente alega la violación y errónea interpretación de la normativa legal aplicable, que en el Auto de Vista se excluye la calificación de la conducta del contribuyente aplicando incorrectamente los arts. 98, 99 y 100 del Código Tributario (CT) Ley Nº 1340
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En mérito de estos antecedentes; para resolver estos recursos, por el principio de congruencia, es preciso responder en el mismo orden los puntos expresados por los recurrentes en el acápite I.2 de la presente resolución; por lo que, de la compulsa de antecedentes del proceso, la respuesta del mismo y las normas aplicables, corresponde resolverlo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Administración Tributaria
1.- El recurrente alega la violación y errónea interpretación de la normativa legal aplicable, que en el Auto de Vista se excluye la calificación de la conducta del contribuyente aplicando incorrectamente los arts. 98, 99 y 100 del Código Tributario (CT) Ley Nº 1340
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Rita Clotilde Maldonado Hinojosa en representación de la
- Dicha resolución motivó los recursos de casación, de los que se extrae como motivos, los
- I
- Concluyeron pidiendo al Tribunal Supremo de Justicia
- En mérito de estos antecedentes; para resolver estos recursos, por el principio de congruencia, es
- 2
- 1 y 2
- La Administración podrá verificar la exactitud de las declaraciones y enmendar los errores mediante
- La Administración podrá utilizar directamente los procedimientos de determinación cuando verifique la falta de
- Al respecto y de la revisión de obrados, se advierte que el Tribunal de Alzada,
- Con relación a lo descrito precedentemente éste Tribunal infiere que, la Administración Tributaria tiene facultades
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
