Auto Supremo AS/0349/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2015

Fecha: 21-May-2015

Regístrese, comuníquese y devuélvase

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de la Ciudad de La Paz representado legalmente por el abogado José Sáenz Paz, y en aplicación de lo previsto en los arts. 271 num. 4) y 274 del Código de Procedimiento Civil, en razón al recurso de casación en el fondo, CASA el Auto de Vista Nº D-16/10 de fecha 22 de enero de 2010, cursante a fs. 111 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, manteniendo firme y subsistente el Auto Definitivo Nº 329/2008, de fecha 3 de octubre de 2008 y dispone que la parte actora acuda ante la jurisdicción competente.
Regístrese, comuníquese y devuélvase