Auto Supremo AS/0277/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0277/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

Con relación al primer motivo, el que aclaró que el motivo de su recurso de


Con relación al primer motivo, el que aclaró que el motivo de su recurso de apelación restringida fue para cuestionar la comisión del delito de secuestro, obtención indebida ventaja para sí o para terceros manteniendo incólume los delitos de Extorsión y Coacción. Posteriormente refirió que el Auto de Vista de forma desatinada con una valoración falsa desestimó los fundamentados de la Sentencia porque no se observó la correcta aplicación del art. 173 del CPP; asimismo señaló, que el Tribunal de alzada al anular la Sentencia anulo los delitos imputados dejando sin responsabilidad penal a los acusados, sin tener en cuenta que en el transcurso del proceso se probó objetivamente que los acusados fueron coautores conforme lo determina el art. 20 del CP; sin embargo, el Auto de Vista realiza una valoración injusta y anula la totalidad de los delitos que no merecían ser anulados como ser los delitos de coacción extorsión y secuestro; por lo que, se infringió el art. 173 del CPP; y, se aplicó erradamente la norma sustantiva prevista en los arts. 294, 333 y 334 del CP. Al respecto invocó la Sentencia Constitucional 0727/2003-R