Auto Supremo AS/0288/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2015-RRC-L

Fecha: 15-Jun-2015

Radicada la causa en la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito


Radicada la causa en la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, resolvió el recurso de apelación restringida, mediante Auto de Vista SPS 32/2010 de 9 de julio, con los siguientes fundamentos jurídicos: a) En lo referente a la Defectuosa valoración de la prueba, refiere que el Juez de mérito describió la prueba de descargo otorgando fe sobre todo lo manifestado en cada una de las declaraciones, explicando los motivos porqué les da fe, precisando los hechos suscitados que le permitieron establecer las agresiones verbales de las que fue objeto la víctima, de igual forma con relación a la prueba de descargo describió y fundamentó los motivos por los cuales les resta valor; en consecuencia, el Juez dio correcta aplicación al art. 173 del CPP; b) Con relación a la falta de fundamentación de la Sentencia, el Juez valoró de manera adecuada toda la prueba exponiendo las razones que le indujeron a restarle valor a algunas declaraciones, de igual forma respecto al incidente de nulidad por falta de fundamentación de la acusación particular, realizando la labor de subsunción de la conducta desplegada por la imputada con relación a los delitos acusados, describiendo su conducta en base a los hechos probados; y, c) En base al anterior fundamento sostiene que la Sentencia no incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, sustenta este último motivo con la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005