II.2. Del recurso de apelación restringida de la acusada Brígida Silva Maydana
Desarrollado el juicio oral, el Juez Quinto de Sentencia de El Alto de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó Sentencia condenatoria contra Brígida Silva Maydana por la comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Propalación de ofensa e Injuria, determinando como hechos probados que: i) La acusada vertió públicamente términos injuriosos y denigrantes en contra de su hermana y sobrinos, afectando su honra y su prestigio; ii) Que, la acusada interpuso querella formal contra José Ronald, Rodny René y Alisson, todos de apellidos Velásquez Silva así como contra Martha Silva Maydana por los delitos de violación de niña, transmisión de enfermedad venérea, complicidad y encubrimiento; iii) Que, la imputada procedió a verter contra los querellantes términos injuriosos y denigrantes en contra de su hermana y sobrinos -ahora querellantes- a través de las denuncias y querella penal, sin obtener una acusación formal contra aquellos; iv) Que la querella planteada por la imputada, fue rechazada por el Fiscal adscrito al caso, y; v) Este rechazo de querella fue ratificada por el Fiscal de Distrito a.i. Por otra parte, como hechos no probados concluyó que: i) después de rechazada la querella, la imputada no prosiguió otros trámites para lograr una Sentencia contra su hermana y sobrinos; ii) no existe Sentencia o resolución ejecutoriada contra su hermana y sobrinos que sustente a la acusada, emitir como verdades los términos vertidos contra los querellantes.
II.2. Del recurso de apelación restringida de la acusada Brígida Silva Maydana
- Por memorial presentado el 1 de diciembre de 2009, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Brígida Silva Maydana (fs
- I.1.1. Motivo del recurso
- La recurrente denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, a tiempo de resolver
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista y se emita nueva
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 149/2015-RA-L de 10 de abril, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.2. Del recurso de apelación restringida de la acusada Brígida Silva Maydana
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Con esos argumentos, declaró improcedente el recurso de apelación restringida y confirmó la Resolución 04/2009
- III
- La Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
- La motivación de la Sentencia debe comprender una fundamentación descriptiva, fáctica, analítica o intelectiva y
- III.2. Verificación de la existencia de contradicción con los precedentes invocados
- Este Tribunal, admitió el presente recurso, abriendo su competencia a fin de verificar, la denuncia
- El Auto Supremo 472 de 8 de diciembre de 2005, fue emitido dentro de un
- “Se consideran defectos absolutos cuando en la resolución, sea sentencia o Auto de Vista, no
- El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
- Resulta perjudicial y contradictorio, contra el principio de celeridad que rige el juicio oral, público
- Auto Supremo 14 de 26 de enero de 2007, donde se dejó sin efecto el
- III. 3 Análisis del caso concreto
- Sobre el particular, el Auto de Vista concluyó que el defecto denunciado previsto por el
- Respecto a la contradicción con el Auto Supremo 472/2005, cabe señalar, que esta resolución dejo
- La argumentación de falta de fundamentación respecto a la defectuosa valoración probatoria, alegada por la
- Bajo tales parámetros, este máximo Tribunal concluye que el Tribunal de alzada ha quebrantado el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
