Auto Supremo AS/0344/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2015-RRC

Fecha: 03-Jun-2015

II.2. De la apelación restringida de la parte acusadora particular


Concluido el juicio oral, el Tribunal de Partido Mixto y Sentencia de Viacha del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó Sentencia absolutoria a favor de los imputados Lucio Gutiérrez Trujillo, Juan Mamani Tapia y Ricardo Paye Quispe, en base a la siguiente argumentación: que producida la prueba testifical, documental de cargo e inspección ocular, el Tribunal de juicio concluye que no han sido probados los hechos, es decir, que los querellantes Víctor Erik y Ramón Andrés Arteaga Onofre hubieran estado en posesión de los lotes de terreno en conflicto, por cuanto en el caso de autos no opero la turbación o restricción del ejercicio del derecho real por la parte acusada con referencia a la posesión o tenencia de los terrenos en conflicto y que en cuanto a la comisión del hecho punible, cita el delito de perturbación de posesión previsto y sancionado por el art. 353 del CP aduciendo que en el presente caso no existe el elemento constitutivo del delito, refiriéndose a la tipicidad y que por imperativo del principio de legalidad en su vertiente del nullum crimen sine lege, solo los hechos tipificados en la ley penal como delitos pueden ser considerados como delito y que ningún hecho antijurídico y culpable que sea, puede llegar a la categoría de delito, si al mismo tiempo no es típico es decir cuando no corresponde a la descripción contenida en una norma penal.

II.2. De la apelación restringida de la parte acusadora particular