Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 374/2015-RRC
Sucre, 15 de junio de 2015
Expediente: Cochabamba 7/2015
Parte Acusadora: Betty Sánchez Rivas
Parte Imputada: Marcos Vitalio Zubieta Vargas
Delito: Alzamiento de Bienes o Falencia Civil
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs. 271 a 273, Marcos Vitalio Zubieta Vargas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 96 de 24 de noviembre de 2014, de fs. 265 a 268, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Mercedes del Rosario Barrenechea de Arze en representación de Betty Sánchez Rivas contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Alzamiento de Bienes o Falencia Civil, previsto y sancionado en el art. 344 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 374/2015-RRC
Sucre, 15 de junio de 2015
Expediente: Cochabamba 7/2015
Parte Acusadora: Betty Sánchez Rivas
Parte Imputada: Marcos Vitalio Zubieta Vargas
Delito: Alzamiento de Bienes o Falencia Civil
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs. 271 a 273, Marcos Vitalio Zubieta Vargas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 96 de 24 de noviembre de 2014, de fs. 265 a 268, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Mercedes del Rosario Barrenechea de Arze en representación de Betty Sánchez Rivas contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Alzamiento de Bienes o Falencia Civil, previsto y sancionado en el art. 344 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 23/2011 de 25 de noviembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- El recurrente denuncia la falta de control a la sana crítica y valoración defectuosa de
- En ese ámbito, previa referencia a los elementos constitutivos del delito previsto por el art
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se ordene
- Por Auto Supremo 155/2015-RA de 4 de marzo, este Tribunal declaró admisible el recurso interpuesto
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 23/2011 de 25 de noviembre (fs
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- El imputado en su recurso de apelación restringida, alegó que la Sentencia incurrió en el
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del
- En el presente recurso de casación admitido ante la invocación de precedente contradictorio, el recurrente
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2. Del precedente invocado
- El recurrente invocó como precedente el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007,
- Cuando el Ad Quem advierte que en el proceso se han pronunciado fallos sustentados en
- Orlando A
- El mismo autor citando a Joan Pico I Junoy, manifiesta que la motivación cumple las
- La fundamentación como parte importante de una resolución judicial, al ser el sustento de la
- III.4. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no observó
- Es oportuno hacer referencia, a que el recurrente, en su recurso de apelación restringida, planteó
- En consecuencia, se advierte que la resolución recurrida de casación no incurre en contradicción alguna
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
