Distrito: La Paz
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 387/2015
Sucre: 8 de junio 2015
Expediente: LP -20 – 15 – S
Partes: Daysi Evelyn Cossío Poroma y Ana Maritza Cossío Poroma c/ Toribio
Rodolfo Cossío Zacarías, Hilda Vargas, Marcelina Chana Conde y
Eleuterio Paredes Alejo
Proceso: Nulidad de Escritura Pública y cancelación de registro en Derechos
Reales
Distrito: La Paz
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 387/2015
Sucre: 8 de junio 2015
Expediente: LP -20 – 15 – S
Partes: Daysi Evelyn Cossío Poroma y Ana Maritza Cossío Poroma c/ Toribio
Rodolfo Cossío Zacarías, Hilda Vargas, Marcelina Chana Conde y
Eleuterio Paredes Alejo
Proceso: Nulidad de Escritura Pública y cancelación de registro en Derechos
Reales
Distrito: La Paz
- Distrito: La Paz
- Del contenido de los recursos de casación, en lo esencial se resume lo siguiente
- El Ad-quem al anular el Auto de concesión de fs
- Que lejos de ejercer su labor fiscalizadora, el Tribunal Ad-quem permitió que la causa se
- Señala que los extremos expuestos anteriormente fueron reclamados oportunamente por el padre de su hija
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Es oportuno recordar que los Jueces de instancia a tiempo de admitir una demanda, de
- Dentro de ese marco, de la revisión de los antecedentes que informan el proceso se
- El demandado Toribio Rodolfo Cossío Sacarías interpuso excepción previa de incompetencia en razón de la
- Por las razones expuestas, corresponde resolver en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- Conforme dispone el art
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
