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    Auto Supremo AS/0387/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0387/2015

    Fecha: 08-Jun-2015

    Distrito: La Paz

    TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
    S A L A C I V I L

    Auto Supremo: 387/2015
    Sucre: 8 de junio 2015
    Expediente: LP -20 – 15 – S
    Partes: Daysi Evelyn Cossío Poroma y Ana Maritza Cossío Poroma c/ Toribio
    Rodolfo Cossío Zacarías, Hilda Vargas, Marcelina Chana Conde y
    Eleuterio Paredes Alejo
    Proceso: Nulidad de Escritura Pública y cancelación de registro en Derechos
    Reales
    Distrito: La Paz
    • Distrito: La Paz
    • Del contenido de los recursos de casación, en lo esencial se resume lo siguiente
    • El Ad-quem al anular el Auto de concesión de fs
    • Que lejos de ejercer su labor fiscalizadora, el Tribunal Ad-quem permitió que la causa se
    • Señala que los extremos expuestos anteriormente fueron reclamados oportunamente por el padre de su hija
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Es oportuno recordar que los Jueces de instancia a tiempo de admitir una demanda, de
    • Dentro de ese marco, de la revisión de los antecedentes que informan el proceso se
    • El demandado Toribio Rodolfo Cossío Sacarías interpuso excepción previa de incompetencia en razón de la
    • Por las razones expuestas, corresponde resolver en la forma prevista por los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable el error
    • Conforme dispone el art
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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