Auto Supremo AS/0406/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2015

Fecha: 09-Jun-2015

Así, el principio de trascendencia, que orienta en sentido de que no puede admitirse la


Así, el principio de trascendencia, que orienta en sentido de que no puede admitirse la nulidad por la nulidad, sino que a tiempo de determinarla habrá que tener presente el perjuicio real que ocasiona a las partes en conflicto, la magnitud y la afectación que provoca el alejamiento o conculcación de las formalidades prescritas por la norma, para optar por la nulidad como remedio último y siempre que se trate del debido proceso, de manera particular en su vertiente del derecho a la defensa y resulte realmente insubsanable el vicio acusado