Auto Supremo AS/0413/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0413/2015

Fecha: 15-Jun-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm

De otra parte, en relación al pago de la multa dispuesto por DS N° 28699, es preciso señalar que su aplicación no se encuentra subordinada a la aprobación de algún reglamento específico que regule su procedimiento, pues independientemente que tal disposición establezca lo anotado, la norma en sí, desde su publicación en la Gaceta Oficial de Bolivia, es de cumplimiento obligatorio, de modo que, lo condenado por el Tribunal de Alzada al respecto, simplemente responde a la correcta aplicación del Decreto Supremo mencionado, cuyo propósito es propugnar la protección de las garantías y derechos de las que gozan los trabajadores ante la eventualidad de que puedan ser afectados por despidos directos o indirectos, e indudablemente, una de las medidas para garantizar esos derechos es el precautelar un pago pronto y oportuno de los beneficios sociales y derechos laborales, sancionando su incumplimiento, con el 30% de multa del total impago, tal cual lo señala el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
Bajo esos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación y/o nulidad de fs. 77 y vta., y carecer de sustento legal por no observarse violación de norma legal alguna, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Grover Villanueva Tapia en representación legal de Lloyd Aéreo Boliviano S.A., contra el Auto de Vista Nº 247/2010 de 6 de diciembre, de fs. 72 a 75, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba. Con costas