Por memorial presentado el 2 de febrero de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 416/2015-RA
Sucre, 25 de junio de 2015
Expediente : La Paz 75/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Jorge Badani Lenz y otro
Delito : Desobediencia a Resoluciones en Procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de febrero de 2015, cursante de fs. 483 a 494 vta., Jorge Badani Lenz y Gonzalo Augusto Daza Gonzales, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 67/2014 de 17 de septiembre de fs. 449 a 458, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Aurora Rivas Vda. de Ortuño contra los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Desobediencia a Resoluciones en Procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional, previsto y sancionado por el art. 179 Bis. del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 416/2015-RA
Sucre, 25 de junio de 2015
Expediente : La Paz 75/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Jorge Badani Lenz y otro
Delito : Desobediencia a Resoluciones en Procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de febrero de 2015, cursante de fs. 483 a 494 vta., Jorge Badani Lenz y Gonzalo Augusto Daza Gonzales, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 67/2014 de 17 de septiembre de fs. 449 a 458, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Aurora Rivas Vda. de Ortuño contra los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Desobediencia a Resoluciones en Procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional, previsto y sancionado por el art. 179 Bis. del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 2 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Jorge Badani Lenz y Gonzalo Augusto Daza Gonzales
- c) El 26 de enero de 2015 (fs
- 1) Los recurrentes acusan que el Auto de Vista impugnado, es contrario al Auto Supremo
- 2) Denuncian que el Auto de Vista impugnado, es contrario al Auto Supremo 593 de
- 3) Por otra parte, aducen la contradicción con el Auto Supremo 276 de 5 de
- 4) Asimismo, denuncian la contradicción del Auto de Vista impugnado con el Auto Supremo 250
- Aducen que el Tribunal de alzada, incurrió en infracción a la norma adjetiva penal al
- 5) Finalmente sostienen que la Sentencia además de contener el defecto absoluto de falta de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 26 de enero de 2015, los
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se evidencia que los recurrentes en el
- En el segundo motivo, se advierte que los recurrentes denuncian la inexistencia de los elementos
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
