El referido Auto de Vista es recurrido en casación por la parte demandada a través
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la parte demandada (fs. 85 y vta.), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto de Vista descrito al exordio por el que confirmó la Sentencia apelada.
I.2 RECURSO DE CASACIÓN
El referido Auto de Vista es recurrido en casación por la parte demandada a través de escrito saliente a fs. 114 a 115, plantea como motivos del recurso:
•Dice el recurrente que se conculcó el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), pues las instancias precedentes establecieron el pago de indemnización por tiempo de servicios, sin tener en cuenta que la actora renunció voluntariamente a su fuente laboral, tal norma en la perspectiva del recurso hace que tal pago no sea procedente. En tal sentido, denuncia la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba, pues tanto en la demanda como en su confesión provocada la actora hace patente que la desvinculación laboral se propició de manera voluntaria de parte de ésta
En grado de apelación deducida por la parte demandada (fs. 85 y vta.), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto de Vista descrito al exordio por el que confirmó la Sentencia apelada.
I.2 RECURSO DE CASACIÓN
El referido Auto de Vista es recurrido en casación por la parte demandada a través de escrito saliente a fs. 114 a 115, plantea como motivos del recurso:
•Dice el recurrente que se conculcó el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), pues las instancias precedentes establecieron el pago de indemnización por tiempo de servicios, sin tener en cuenta que la actora renunció voluntariamente a su fuente laboral, tal norma en la perspectiva del recurso hace que tal pago no sea procedente. En tal sentido, denuncia la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba, pues tanto en la demanda como en su confesión provocada la actora hace patente que la desvinculación laboral se propició de manera voluntaria de parte de ésta
- Demandado : Empresa “METANIQA” Ltda
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- El referido Auto de Vista es recurrido en casación por la parte demandada a través
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- II
- En igual sentido, como ya se dijo en esta misma Resolución, la previsión de pago
- El recurrente en casación alega, que los de instancia no descontaron de la liquidación el
- Sobre el particular, el Auto de Vista impugnado se pronunció señalando
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
