Auto Supremo AS/0424/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2015

Fecha: 16-Jun-2015

El referido Auto de Vista es recurrido en casación por la parte demandada a través

I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la parte demandada (fs. 85 y vta.), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto de Vista descrito al exordio por el que confirmó la Sentencia apelada.
I.2 RECURSO DE CASACIÓN
El referido Auto de Vista es recurrido en casación por la parte demandada a través de escrito saliente a fs. 114 a 115, plantea como motivos del recurso:
•Dice el recurrente que se conculcó el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), pues las instancias precedentes establecieron el pago de indemnización por tiempo de servicios, sin tener en cuenta que la actora renunció voluntariamente a su fuente laboral, tal norma en la perspectiva del recurso hace que tal pago no sea procedente. En tal sentido, denuncia la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba, pues tanto en la demanda como en su confesión provocada la actora hace patente que la desvinculación laboral se propició de manera voluntaria de parte de ésta