Conforme el Auto Supremo 179/2015-RA de 17 de marzo, se admitió el recurso de casación
2) Por otra parte, acusa que el Tribunal de Sentencia en inobservancia de los arts. 124 y 173 del CPP, omitió asignar el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, justificando las razones por las cuales les otorgó determinado valor; empero, el Tribunal de alzada concluyó no haberse evidenciado una falta de fundamentación, por el contrario asumió que la sentencia contenía una fundamentación descriptiva e intelectiva, siendo que en los antecedentes no se constata este extremo. En ese ámbito, cita los Autos Supremos 241 de 1 de agosto de 2005, 444 de 15 de octubre de 2005, 437 de 24 de agosto de 2007, 251 de 22 de julio de 2005 y 111 de 31 de enero de 2007.
I.1.2. Petitorio
El recurrente pide se anule el Auto de Vista recurrido, señalándose la doctrina legal aplicable y se remitan los antecedentes ante la Sala que emitió el Auto anulado, para que dicte otra resolución.
I.2. Admisión del recurso
Conforme el Auto Supremo 179/2015-RA de 17 de marzo, se admitió el recurso de casación para el análisis de fondo de los dos motivos precisados precedentemente; en consecuencia, la verificación de la posible contradicción de la Resolución recurrida con los precedentes invocados, se circunscribirá a ellos en estricto cumplimiento del mandato establecido en el art. 398 del CPP
- Por memorial presentado el 14 de enero de 2015, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 179/2015-RA de 17 de marzo,
- Conforme el Auto Supremo 179/2015-RA de 17 de marzo, se admitió el recurso de casación
- II.1. Sentencia
- En el acápite “III
- En consecuencia, el Tribunal de sentencia le impuso la pena de treinta años sin derecho
- II.2. Apelación
- Respecto al informe psicológico, el Tribunal de alzada indicó que después de ocho días de
- Formulado el recurso de casación, corresponde su análisis y resolución, ante su admisión mediante el
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso de que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- En este motivo del recurso de casación, el recurrente señala que el Tribunal de alzada
- El primer precedente contradictorio invocado, fue pronunciado dentro de un proceso penal seguido por el
- El Auto de Vista que resuelva los puntos cuestionados debe fundamentar cada uno de ellos;
- El segundo precedente, fue emitido dentro de un proceso penal seguido por los delitos de
- Esta actividad se constituye en vicio absoluto que atenta contra al derecho a la defensa
- III
- En este motivo el recurrente acusa que, el Tribunal de apelación no habría efectuado el
- La vía penal no puede ser utilizada para perseguir el cumplimiento de obligaciones, pues el
- El Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005, fue pronunciado dentro de un
- El Auto Supremo 437 de 24 de agosto de 2007, fue pronunciado dentro de un
- La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
- La jurisprudencia penal tiene sentada una línea con respecto a la falta de fundamentación en
- El Auto Supremo 251 de 22 de julio de 2005, fue emitido dentro de un
- Que, en caso de existir vulneración a las reglas de la sana crítica que regulan
- Finalmente el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007, fue pronunciado dentro de
- Cuando el Ad Quem advierte que en el proceso se han pronunciado fallos sustentados en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
