Auto Supremo AS/0426/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

Agrega, que el Tribunal de alzada pretendió condenarlo porque presumió omisión de auxilio a la


Agrega, que el Tribunal de alzada pretendió condenarlo porque presumió omisión de auxilio a la víctima; ya que, al momento de la caída habría estado gravemente herido, y que provocó su muerte por no proporcionar información verídica a sus familiares ni a las autoridades competentes, subsumiendo así, su conducta al delito de Homicidio Culposo, previsto en el primer párrafo del art. 260 del CP, sólo por haber consumido bebidas alcohólicas junto a la víctima y por ausencia de ayuda para salvarle la vida; afirma, una cosa es provocar la muerte y otra que la persona se haya caído, hechos distintos con una connotación jurídica absolutamente diferente; aspectos que asevera, llevó al Tribunal de Sentencia a aplicar el principio in dubio pro reo; empero, el Tribunal de alzada, ignorando los principios a la inocencia, que constituye la máxima garantía del imputado, así como el de no autoincriminación, ya que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo, no pudiendo su negativa a declarar o “de su mentira (si la hubiera)” (sic), traer argumentos contra sensu, resultando ser también ignorado el principio de la carga de la prueba, citando al efecto la obra de Herrera y Montañez -refiere- que el acusador no dio cumplimiento al art. 6 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP); puesto que, fue su persona quien en el desarrollo del juicio conforme al principio de igualdad suministró más de veinte testigos y más de treinta pruebas documentales y periciales que generaron certeza en el Tribunal de juicio para que dicten Sentencia absolutoria