Auto Supremo AS/0426/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

El recurrente previa relación de antecedentes procesales, extractando partes de su recurso de alzada, denuncia


I.1.1. Del motivo del recurso de casación

Del memorial de fs. 592 a 597 vta., y del Auto Supremo de admisión se extrae el siguiente motivo para su análisis de fondo:

El recurrente previa relación de antecedentes procesales, extractando partes de su recurso de alzada, denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió en errónea aplicación de la ley; puesto que, con el argumento de que su persona y la víctima hubieren sido vistos juntos por el Barrio Petrolero, que fueron identificados por el guardia de seguridad privada Pablo Patzi, así como por la testigo Susana Arcos, quien indicó que los habría visto pasar a ambos por la calle 2 del Barrio Franz Tamayo, que la víctima se encontraba en estado de ebriedad que estaba sujetado por su persona; versión confirmada por Guillermo Aros, quien señaló que fue el mismo lugar donde fue encontrado el cadáver, concluyendo que la víctima mientras estaba viva se encontraba junto a su persona; argumento que manifiesta el recurrente, resulta un exceso de presunción de culpabilidad y vulnera la garantía prevista por el art. 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE); toda vez, que no existió prueba documental, ni testifical que demuestre que su persona hubiere provocado la muerte de la víctima, ni estado junto a la víctima en el momento de la caída o que lo hubiere empujado