Auto Supremo AS/0426/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

De los mismos datos de la Sentencia en base a la prueba analizada y valorada


De los mismos datos de la Sentencia en base a la prueba analizada y valorada por el Tribunal de Sentencia Segundo de La Paz, se estableció que el deceso de Sergio Waldo Avendaño se produjo a consecuencia: i) de la caída de una altura considerable, y; ii) por la falta de ayuda y auxilio de quien o quienes se encontraban con él a momento del suceso y posteriormente. Asimismo, quedó determinado en la Sentencia así como en el voto disidente del Presidente del Tribunal Segundo de Sentencia, que no se pudo establecer que el imputado haya empujado a la víctima; lo que si se llegó a establecer es que la víctima no falleció instantáneamente por lo que y conforme lo mencionado en el Auto Supremo 149/14 de 12 de junio de 2014, la omisión de auxilio de la víctima que al momento de la caída estaba herida gravemente porque luego murió resulta vital para la protección del bien jurídico como es la vida. El Tribunal de alzada prosigue en su conclusión, mencionado expresamente que: “En general, la actitud del imputado luego de realizada la supuesta acción inicial en contra de la víctima y una vez producida la caída es reprochable”. Constituye en este caso una omisión que forma parte de la acción inicial del tipo de Homicidio