Auto Supremo AS/0438/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0438/2015-RA

Fecha: 29-Jun-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


c) El 10 de abril de 2015 (fs.1628), fueron notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista y el 17 del mismo mes y año, interpusieron recurso de casación.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Los recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado, fue emitido en franca vulneración a sus derechos y garantías constitucionales, como son “el debido proceso, la tutela judicial efectiva, defensa y los principios de objetividad, legalidad, seguridad jurídica, celeridad, verdad material y eficacia reconocidos por los arts. 15.I y II, 16.I, 17.I y 18 de la Constitución Política del Estado” (CPE), al juez natural y los arts. 3 y 30 de la Ley 025, consecuentemente ha incurrido en defecto absoluto no susceptible de convalidación previsto en el art. 169 incs. 3) y 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), toda vez que el Auto de Vista fue dictado y suscrito por los Sres. Vocales Dres. Zenón Rodríguez y Victoriano Morón Cuellar, quienes en anterior oportunidad se excusaron de conocer el presente proceso penal; contrariando de esta manera la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 77/2013 de 20 de marzo. Mencionan y transcriben párrafos de las siguientes Sentencias Constitucionales, 93/05-R de 28 de enero, 0418/2000-R de 2 de mayo, 1276/2001-R de 5 de diciembre, 0119/2003-R de 28 de enero, 1262/01-R de 29 de noviembre y “2062/201 R” de 10 de noviembre de 2010, con la finalidad de demostrar la regulación del debido proceso