Auto Supremo AS/0447/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

En ese ámbito, se advierte que la parte querellante en su segundo motivo de apelación


En ese ámbito, se advierte que la parte querellante en su segundo motivo de apelación restringida, con la invocación del art. 370-6) del CPP como norma habilitante, denunció la vulneración del art. 173 del CPP, destacando dos afirmaciones asumidas en la sentencia en sentido de que no se hubiese demostrado que la empresa hubiera tenido beneficios o réditos económicos, que tampoco se demostró que el objeto de la sociedad hubiera sido fallido, desconociéndose el destino de los dineros que hubiera recibido Mauricio Iván López Castro, y sobre el viaje de los querellantes al lugar donde los imputados habitualmente se dedicaban al negocio de la explotación de madera; deviniendo ambas conclusiones en defectuosa valoración de la prueba de cargo, si se tiene en cuenta que por la declaración del testigo Mirko Escalante, se demostraría que los imputados nunca invirtieron el capital de dinero o inversión de capital que hicieron los querellantes para la compra de madera, declaración a la cual el Juez de Sentencia le asignó valor probatorio pleno