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    Auto Supremo AS/0132/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0132/2015-L

    Fecha: 01-Jul-2015

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    • Auto Supremo Nº 132/2015-L
    • Expediente: LPZ. 513/2010
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Séptimo del Trabajo y
    • El referido fallo de segunda instancia, motivó a la institución demandada a través de su
    • Indica que el documento que cursa a fs
    • Solicita al amparo del art
    • En relación a la acusación que los de instancia no consideraron que los descuentos realizados
    • En efecto, cabe señalar que la Constitución Política del Estado de 1967, dispone en su
    • En mérito a ésta norma, se garantiza el derecho de las trabajadoras y los trabajadores,
    • Ante ello, el empleador en cumplimiento de lo que la ley le ordena, debe tomar
    • Es decir, que "frente a la necesidad de obtener actos procesales válidos y no nulos,
    • Por lo cual, si el recurrente, no observó en su oportunidad como correspondía su derecho
    • Consiguientemente, no siendo evidentes las violaciones aducidas en el recurso de nulidad o casación de
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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