Consiguientemente, no siendo evidentes las violaciones aducidas en el recurso de nulidad o casación de
Por último, de la lectura del memorial del recurso en estudio se verifica que el mismo no formula un petitorio claro y concreto, concluyendo el recurso expresando que “de esta manera se evidencia que es posible invocar la nulidad de notificación, puesto que la notificación observada produjo INDEFENSIÓN a la Caja Nacional de Salud, no permitiéndole presentar pruebas ni producirlas durante los diez días dispuestos por el juez de primera instancia.”, sin tomar en cuenta que las formas de resolución están establecidas en el art. 271 del Código de Procedimiento Civil, para el recurso de casación.
Consiguientemente, no siendo evidentes las violaciones aducidas en el recurso de nulidad o casación de fs. 113 a 114, corresponde resolver el recurso conforme disponen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso con la permisión contenida en el art. 252 del Código Procesal Trabajo
Consiguientemente, no siendo evidentes las violaciones aducidas en el recurso de nulidad o casación de fs. 113 a 114, corresponde resolver el recurso conforme disponen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso con la permisión contenida en el art. 252 del Código Procesal Trabajo
- Auto Supremo Nº 132/2015-L
- Expediente: LPZ. 513/2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Séptimo del Trabajo y
- El referido fallo de segunda instancia, motivó a la institución demandada a través de su
- Indica que el documento que cursa a fs
- Solicita al amparo del art
- En relación a la acusación que los de instancia no consideraron que los descuentos realizados
- En efecto, cabe señalar que la Constitución Política del Estado de 1967, dispone en su
- En mérito a ésta norma, se garantiza el derecho de las trabajadoras y los trabajadores,
- Ante ello, el empleador en cumplimiento de lo que la ley le ordena, debe tomar
- Es decir, que "frente a la necesidad de obtener actos procesales válidos y no nulos,
- Por lo cual, si el recurrente, no observó en su oportunidad como correspondía su derecho
- Consiguientemente, no siendo evidentes las violaciones aducidas en el recurso de nulidad o casación de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
