Auto Supremo AS/0150/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2015-L

Fecha: 10-Jul-2015

Así, respecto de las partes del proceso, los plazos procesales, son improrrogables, se computan a

Así, respecto de las partes del proceso, los plazos procesales, son improrrogables, se computan a partir del día siguiente hábil en forma ininterrumpida y perentoria, siendo de aplicación, para el caso, lo previsto por el art. 141 del Código de Procedimiento Civil