Auto Supremo AS/0315/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la acusación pública y particular, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 18/2009 de 17 de septiembre (fs. 307 a 320), por la que declaró a Jhonny Morales Silva y Gilmar Morales, autores y culpables de la comisión del delito Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado en el art. 270 inc. 2) del CP, condenándoles a la pena privativa de libertad; al primero, a cinco años; y al segundo a tres años y dos meses, penas que deberán cumplir en la Penitenciaría de san Pedro de la ciudad de La Paz, más el pago de daño civil ocasionado y costas en favor del Estado. Con relación a Ángel Morales Silva y Efraín Morales Silva, se los absolvió de culpa y pena, de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas en grado de complicidad, previstos y sancionados por los arts. 270 inc. 2) con relación al 23 del CP