Dicha resolución, motivó que David Moisés Olivares, en su condición de Gerente General de EMPRELPAZ
I.2.1 Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por David Moisés Olivares López, en representación de EMPRELPAZ S.A. (fs.136 a 137), la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció Auto de Vista Nº 196/2010 de 27 de septiembre (fs. 146) confirmando en su integridad la Sentencia apelada.
I.2 MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Dicha resolución, motivó que David Moisés Olivares, en su condición de Gerente General de EMPRELPAZ S.A., formule el recurso de casación en el fondo (fs. 150 a 151), expresando lo siguiente:
El argumento del Auto de Vista impugnado para confirmar la Sentencia apelada fue que su recurso de apelación no cumplió con los requisitos previstos por el art. 227 del Código de Procedimiento Civil (CPC), porque -dice- se limitó a realizar una relación de antecedentes sin fundamentar los agravios
Interpuesto el recurso de apelación por David Moisés Olivares López, en representación de EMPRELPAZ S.A. (fs.136 a 137), la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció Auto de Vista Nº 196/2010 de 27 de septiembre (fs. 146) confirmando en su integridad la Sentencia apelada.
I.2 MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Dicha resolución, motivó que David Moisés Olivares, en su condición de Gerente General de EMPRELPAZ S.A., formule el recurso de casación en el fondo (fs. 150 a 151), expresando lo siguiente:
El argumento del Auto de Vista impugnado para confirmar la Sentencia apelada fue que su recurso de apelación no cumplió con los requisitos previstos por el art. 227 del Código de Procedimiento Civil (CPC), porque -dice- se limitó a realizar una relación de antecedentes sin fundamentar los agravios
- VISTOS: El recurso de casación (fs
- Dicha resolución, motivó que David Moisés Olivares, en su condición de Gerente General de EMPRELPAZ
- Sobre el particular, la Sentencia objeto del recurso ordenó equivocadamente el pago del último quinquenio,
- Dado el retiro voluntario, la normativa que ampara la liquidación efectuada en Sentencia no expresa
- Añade que conforme dispone el art
- Con ese alegato el recurrente solicita que concedido sea recurso ante el Tribunal Supremo de
- II.2 Respuesta al recurso de casación
- Sobre el particular debe recordarse que el derecho fundamental a una resolución judicial motivada, supone
- En ese marco, también es necesario referirse al razonamiento del Tribunal de apelación en cuanto
- Establecidos los fundamentos anteriores, de la revisión de los antecedentes del caso se tiene que,
- Como es visible, en los hechos el Tribunal de apelación no resolvió el fondo de
- En efecto, con la emisión del Auto de Vista impugnado que confirmó la Sentencia de
- La exigencia establecida en el art
- Mirando el proceso de esa perspectiva habrá que convenir en que la apelación no supone
- Este nuevo examen de la causas, coloca a las partes en el mismo lugar que
- Y si el caso fuese así, según el mismo Calamandrei, la injusticia cometida por el
- De ahí que la conclusión en sentido que el tribunal de apelación se encuentra restringido
- Siendo evidente que el Tribunal de apelación evitó ingresar a analizar los agravios expuestos por
- Con responsabilidad que se regula en Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
