Sobre el particular, la Sentencia objeto del recurso ordenó equivocadamente el pago del último quinquenio,
Sobre el particular, la Sentencia objeto del recurso ordenó equivocadamente el pago del último quinquenio, al disponer se paguen al actor los derechos sociales por 19 años y 7 meses, contradiciendo los argumentos de la parte considerativa, que reconoció el retiro voluntario del actor como motivo de la extinción de la relación laboral, por lo que debía aplicar el art. 2 del DS Nº 11478 de 16 de mayo de 1974, que dispone que los derechos adquiridos por los trabajadores cada cinco años si no se acogen al retiro voluntario, serán acumulados, o sea que la pérdida de sus beneficios sociales en aplicación de las causales señaladas por los arts. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT) y 9 de su Reglamento, solo debe aplicarse al quinquenio vigente sin afectar a los anteriores
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