b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs. 235 a 240), resuelto por Auto de Vista 03/2013 de 9 de enero (fs. 270 a 277), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 174/2013 de 19 de junio (fs. 326 a 333), motivando la emisión del Auto de Vista 18/2014 de 18 de marzo (fs. 359 a 364 vta.), siendo también dejado sin efecto por Auto Supremo 395/2014-RRC de 18 de agosto (fs. 392 a 397), en cuyo mérito, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 99/2014 de 31 de diciembre, que confirmó en todos sus extremos la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 31 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Con el pronunciamiento del Tribunal de alzada, en el considerando quinto punto cuarto del
- Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 509/2006 de 16 de noviembre, 309/2006 de 25
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se evidencia que la recurrente plantea cuatro
- En cuanto a la invocación de Sentencias Constitucionales 313/2002 de 20 de marzo de 2002
- Finalmente, respecto de la denuncia de defecto de procedimiento por la ilegal exclusión probatoria de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
