Auto Supremo AS/0469/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0469/2015

Fecha: 01-Jul-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm

Bajo estos parámetros, y al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo de fs. 106 a 107 vta., al carecer de sustento legal, corresponde resolver el recurso en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil (CPC), aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 106 a 107 vta., interpuesto por María Victoria Cossio Lit, como propietaria de la Empresa “FISIOVIC”, contra el Auto de Vista N° 288 de 19 de diciembre de 2014 (fs. 102 a 103 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas