Auto Supremo AS/0485/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0485/2015-RA

Fecha: 16-Jul-2015

Agrega, que el Juez Primero de Instrucción Cautelar, al no haber efectuado el control jurisdiccional


Agrega, que el Juez Primero de Instrucción Cautelar, al no haber efectuado el control jurisdiccional durante la audiencia del procedimiento abreviado, vulneró los arts. 5, 7 y 54 inc. 1) del CPP; arts. 3 incs. 4) y 12), 15.I y II, 17.I y 30 incs. 6), 7) y 12) de la Ley 025; arts. 5, 8, 45 incs. 1) y 4), 59 y 60 de la Ley 2175; arts. 13, 109, 115.I y II, 116.I, 117.I, 123 y 240 de la Constitución Política del Estado (CPE); arts. 8, 10 y 11 de la Declaración Universal sobre Derechos Humanos y art. 8.1 y 2.l inc. h) del Pacto de San José de Costa Rica; empero, el Tribunal de alzada se habría limitado a señalar que por el hecho de existir un acuerdo firmado por su persona donde hubiere admitido una supuesta culpabilidad, se habría cumplido a cabalidad con lo previsto por el art. 373 y siguientes del CPP, no considerando, el art. 374 de la referida norma, debiendo en consecuencia, a su criterio ser anulada la Sentencia condenatoria