Por memorial presentado el 1 de junio de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 487/2015-RA
Sucre, 16 de julio de 2015
Expediente: La Paz 96/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Valentín Ticona Colque
Delitos: Abuso de Firma en Blanco y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de junio de 2015, cursante de fs. 666 a 672, Luis Gallego Condori, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 100/2014 de 31 de diciembre de fs. 658 a 662 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Valentín Ticona Colque, por la presunta comisión de los delitos de Abuso de Firma en Blanco, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 336, 200 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 487/2015-RA
Sucre, 16 de julio de 2015
Expediente: La Paz 96/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Valentín Ticona Colque
Delitos: Abuso de Firma en Blanco y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de junio de 2015, cursante de fs. 666 a 672, Luis Gallego Condori, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 100/2014 de 31 de diciembre de fs. 658 a 662 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Valentín Ticona Colque, por la presunta comisión de los delitos de Abuso de Firma en Blanco, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 336, 200 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 1 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Valentín Ticona Colque, formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Por el contrario, no tomó en cuenta que la Sentencia, ha realizado una adecuada subsunción
- 4)Bajo el subtítulo “DE LA ERRONEA INTERPRETACIÓN DEL ALCANCE DEL DEBER DE FUNDAMENTACIÓN DE LAS
- El Tribunal de apelación, no podía concluir carencia o insuficiencia en la fundamentación, cuando la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 26 de mayo de 2015, el
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo de
- En el segundo motivo de casación, el recurrente a tiempo de denunciar que el Tribunal
- En el tercer motivo de casación en el que denuncia el recurrente que el Tribunal
- En el mismo motivo, el recurrente también invocó como precedente contradictorio el A
- En el cuarto motivo de casación, por el que el recurrente denuncia que el Ad
- En el quinto motivo de casación, referido a la falta de fundamentación en que presuntamente
- Sin embargo respecto a la supuesta falta de fundamentación detallados en el acápite II motivo
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
