II.1. De la Sentencia
I.1.1. Motivo del recurso
Del memorial de casación formulado por el imputado y el Auto Supremo 239/2015-RA de 7 de abril, se tiene el siguiente motivo:
El recurrente denunció que la Resolución impugnada incurrió en falta de fundamentación, a tiempo de resolver los motivos de apelación referidos a: Falta de fundamentación de la Sentencia, por no contener una valoración de la prueba, falta de individualización sobre la participación del recurrente en cada uno de los ilícitos condenados y al principio de congruencia contenido en el art. 362 del CPP, porque el Tribunal de alzada se limitó a señalar que el Tribunal de Sentencia, realizó una correcta valoración, sin especificar que pruebas fueron valoradas, en qué parte de la sentencia existe esa valoración, menos dónde está la diferencia entre los elementos que reclamó que se contraponen a los elementos contenidos en la sentencia.
I.1.2. Petitorio
La parte recurrente solicita anular la Resolución impugnada, ordenando se dicte nueva resolución observando los principios legales de la materia.
I.2. Admisión del recurso
Por Auto Supremo 239/2015-RA de 7 de abril, este Tribunal declaró admisible el segundo motivo del recurso interpuesto por el imputado.
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
II.1. De la Sentencia
- Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2014, cursante de fs
- a) Por Sentencia 1/2014 de 29 de enero (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) representada por Elizabeth
- II.1. De la Sentencia
- 2)Denunció que en la Sentencia no existe una fundamentación individualizada sobre su participación en
- 3)Argumentó que existen hechos que no forman parte de las circunstancias objeto del proceso; sin
- “…en presente caso se establece que la prueba ha sido valorada correctamente, siendo que se
- Que en ningún momento se habría vulnerado el principio de congruencia siendo que el tribunal
- III.1. La debida fundamentación
- Orlando A
- Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- De manera específica, con relación a las resoluciones emitidas por los Tribunales de apelación, previa
- Respecto a lo anterior, la jurisprudencia constitucional, desarrolló el alcance y finalidad del derecho a
- Lo precedentemente señalado, evidencia que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar
- III.2. Análisis del caso concreto
- De la anterior transcripción literal, se constata que la consideración del Tribunal de alzada del
- En cuanto al motivo alegado en apelación restringida referido a la falta de fundamentación individualizada
- Por último, se evidencia que el recurrente en el tercer motivo apelado, denunció la vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
